El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) rechazó el último jueves las medidas que restringen desde el viernes pasado las entradas y salidas de personas de la capital de España y nueve municipios limítrofes de su región para frenar el alto contagio de coronavirus. El órgano judicial entiende que esas limitaciones, establecidas por el
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) rechazó el último jueves las medidas que restringen desde el viernes pasado las entradas y salidas de personas de la capital de España y nueve municipios limítrofes de su región para frenar el alto contagio de coronavirus.
El órgano judicial entiende que esas limitaciones, establecidas por el Gobierno de la nación, son «una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos sin habilitación legal que la ampare».
Las medidas, rechazadas y recurridas por la región de Madrid, fueron tomadas al amparo de la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, pero el TSJM entiende que esa norma «no contiene una habilitación legal para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamentales».
Por el contrario, corresponde a los representantes de los ciudadanos en el Parlamento, dice el tribunal, «la delimitación y la modulación de los derechos fundamentales de las personas, bajo las exigencias de proporcionalidad, certeza y previsibilidad y, en todo caso, respetando su contenido esencial».
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El ministro de Sanidad, Salvador Illa, pidió a las autoridades regionales madrileñas reunirse este jueves para analizar las consecuencias de la resolución judicial.
Toda España ya estuvo sometida a fuertes restricciones de movilidad entre mediados de marzo y de junio pasados, cuando estuvo en vigor el estado de alarma, declarado por el Gobierno y prorrogado varias veces por el Congreso.
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